Daños personales, materiales y causados involuntariamente a terceros:
Con motivo de los actos de la vida cotidiana
Con motivo de la práctica de deportes como aficionado
Por el uso de bicicletas y otros vehículos sin motor
Por los animales domésticos que le pertenezcan o cuya custodia le haya sido encomendada a título gratuito no entrenados para vigilancia o ataque
Por hechos del personal domestico a su servicio .
Por hechos de los niños menores
Como propietario de antenas de radio y televisión
Por el uso de aparatos y enseres domésticos en general
Por la utilización de la vivienda habitual
Por la utilización de viviendas de temporada
Por la utilización de embarcaciones de recreo, a remo o pedal, de eslora inferior a 3,5 metros o potencia inferior a 5 c.v., tablas de surfing y wind-surfing.
Por intoxicaciones o envenenamientos causados por bebidas o alimentos preparados o servidos por el Asegurado y consumidos en su domicilio
Por daños causados por incendio y/o explosión.
Daños ocasionados accidentalmente a terceros por el agua
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